El Boletín Técnico Nº 22, "Contabilización de Operaciones Leasing" es de aplicación obligatoria a contar del 1º de enero de 1984, sin perjuicio de recomendar su aplicación con anterioridad a esa fecha. Al respecto, se hace necesario aclarar el procedimiento a seguir con Operaciones de Leasing contratadas con anterioridad a la fecha indicada.
INTERPRETACION
Aquellos contratos de Leasing firmados antes del 1º de enero de 1984 y que no hayan sido contabilizados a base del procedimiento descrito en el Boletín Técnico Nº 22, seguirán registrándose en la forma que lo venían haciendo hasta su extinción. El criterio seguido contablemente deberá revelarse en una nota a los Estados Financieros.